¿Se puede grabar imágenes en la calle? 【2024】

Hoy en día todos llevamos un smartphone en el bolsillo y una de las peculiaridades de estos dispositivos es que nos permiten hacer fotos y grabar vídeos en cualquier momento. Pero, ¿se puede grabar en la calle? ¿Es legal? ¿Es lo mismo grabar una imagen que grabar una conversación?

En la actualidad no nos extraña nada ver a alguien grabando con su teléfono cualquier cosa en la calle: un incendio, alguien que se ha caído, a un carterista mientras comete sus delitos, un espectáculo callejero, un escaparate?

Estas conductas son tan habituales que las asumimos como totalmente normales y legales. Sin embargo, debemos tener cuidado, grabar imágenes en una vía pública y compartirlas después en nuestras redes sociales no es tan legal como nos creemos y nos puede acabar metiendo en problemas.

La grabación de la imagen de una persona o incluso la captación de su voz constituyen datos personales y, como tal, están protegidos. De ahí la necesidad de ser precavidos.

Aunque a continuación vamos a ver este tema con mucho más detenimiento, podemos afirmar que, a priori, podemos grabar en la vía pública. Lo que ocurre es que debemos hacerlo siempre con precaución para no afectar a los derechos de terceras personas. Hay que proteger especialmente el derecho a la intimidad.

 

Advertencias para grabar en la calle

Es importante distinguir entre cámaras instaladas y cámaras portátiles. En el caso de cámaras instaladas en la vía pública solo se permite el uso de las mismas si la instalación se ha dado por parte de una Administración Pública y son las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado las que se encargan del control de las imágenes.

En el resto de casos grabar la vía pública con una cámara instalada no es legal. Esto es algo que deben tener muy en cuenta tanto las comunidades de vecinos como los locales comerciales, ya que muchos de ellos tienen cámaras de seguridad que graban parte de la vía pública. Si alguien denuncia la situación, la cámara deberá ser retirada. Eso, sin contar con la posible multa por parte de la Agencia Española de Protección de Datos.

Si lo que se trata es de hacer una grabación en una vía pública con un teléfono móvil u otro dispositivo portátil, hay que tener cuidado con no captar la imagen de menores ni imágenes que puedan afectar al honor o la dignidad de las personas. Además, no puedes dar difusión pública a las imágenes captadas, salvo en ciertos casos.

 

Casos en los que se puede grabar en vía pública y difundir la imagen

Son aquellos en los que prima el derecho a la información sobre el resto, solo se da en dos supuestos:

  • Imagen de una persona pública en un lugar público.
  • Existencia de un interés informativo, siendo la imagen accesoria.

 

¿Puedo grabar en la calle y subirlo a Internet? ¿Tiene consecuencias?

Si aplicamos la ley de forma estricta se podría decir que se puede grabar en la calle pero no hacer una difusión pública de la imagen captada (subirla a Facebook, YouTube, etc.) si no tenemos el consentimiento expreso de todas las personas que aparecen en la grabación. Salvo que estemos en alguno de los casos que acabamos de señalar en el apartado anterior.

Ahora bien, si estás grabando un vídeo de tus vacaciones en plena calle no te vas a poner a pedir el consentimiento a todas las personas que salgan en segundo plano.

En líneas generales no suele haber problema con subir estas grabaciones, pero si cualquiera de los que aparecen en el vídeo encuentra el mismo y te pide que lo elimines, tendrás que hacerlo.

 

Casos en los que no se puede grabar en la calle ni dar difusión a la imagen

Son los supuestos en los que el derecho a la intimidad prima sobre todo lo demás:

  • Cuando la finalidad es reproducir la vida íntima de una persona.
  • Si se busca descubrir detalles personales.
  • Se hace con fines publicitarios o comerciales.

Si se ha captado la imagen con cualquiera de estas finalidades y se desea darle difusión, es totalmente necesario contar con el consentimiento expreso de las personas que salgan en la grabación.

 

Grabar imágenes sin consentimiento en la calle con una cámara para coche

El fenómeno de las videocámaras instaladas en vehículos es tan novedoso que todavía no hay una normativa específica que regule esta cuestión. Ni siquiera las instituciones parecen ponerse de acuerdo.

Mientras que en algunos casos se entiende que este tipo de grabaciones son útiles como medio de prueba si se produce un accidente, en otros se entiende que un particular no puede estar haciendo una grabación continuada de la vía pública.

Grabar en la calle con una cámara para coche

En cualquier caso, el uso de este tipo de cámaras debe tener siempre una finalidad relacionada con la seguridad, así que las imágenes captadas deberían ser borradas inmediatamente si en ellas no se ha registrado nada reseñable.

 

¿Se puede grabar en la calle con una cámara de videovigilancia?

Son muchas las personas que a fin de mejorar su seguridad instalan cámaras de vigilancia en la fachada de su casa para evitar los robos o, al menos, tener imágenes de los ladrones.

Ahora bien, aunque esa cámara esté instalada en una zona privada, hay que asegurarse de que en ningún momento capta imágenes de vías y espacios públicos.

El artículo 42 de la Ley de Seguridad Privada establece que: 

"No se podrán utilizar cámaras o videocámaras con fines de seguridad privada para tomar imágenes y sonidos de vías y espacios públicos o de acceso público salvo en los supuestos y en los términos y condiciones previstos en su normativa específica, previa autorización administrativa por el órgano competente en cada caso".

La propia Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha aclarado en su Resolución R/00818/2012, de 18 de mayo, que: 

"el tratamiento de imágenes en lugares públicos sólo puede ser realizado, salvo que concurra autorización gubernativa, por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad".

Es decir, que en ningún caso una cámara de videovigilancia privada instalada en una vivienda o en una empresa puede captar imágenes de la vía pública.

 

Grabar imágenes sin consentimiento en la calle con una cámara para coche

Muchos usuarios de coches, motos y bicis se han decidido a instalar una cámara en su vehículo para tener una prueba en caso de que se produzca un accidente.

En estos casos la grabación se podría utilizar como medio de prueba para denunciar una infracción. Se entiende que, a priori, es una grabación que se hace con fines particulares pero que, por accidente, acaba convirtiéndose en un medio de prueba.

Sobre lo que no existe acuerdo es sobre si es legal o no compartir en redes sociales la imagen de un conductor infractor pixelando todos aquellos datos que puedan contribuir a su identificación (matrícula, imagen, etc).

La AEPD no se ha pronunciado todavía sobre esto, pero la lógica aconseja no compartir públicamente este tipo de imágenes. Si se ha grabado una infracción, lo normal es acudir con ese vídeo directamente a la Policía para que se tomen medidas y se persiga al infractor. Publicar el vídeo en redes sociales al final no conduce a nada.

 

Cámaras instaladas en lugares privados que graban espacios públicos

Puede ocurrir que una cámara que está instalada en una propiedad privada cumpliendo los requisitos legales, y con el fin de garantizar la seguridad, esté captando también imágenes de una vía pública y dicha captación sea inevitable. Esto puede ocurrir, por ejemplo, si la cámara de vigilancia oculta en la casa está apuntando a la entrada a un garaje.

Sobre este tema la Instrucción 1/2006 señala en su artículo 4.3 que

 "las cámaras y videocámaras instaladas en espacios privados no podrán obtener imágenes de espacios públicos salvo que resulte imprescindible para la finalidad de vigilancia que se pretende, o resulte imposible evitarlo por razón de la ubicación de aquéllas. En todo caso deberá evitarse cualquier tratamiento de datos innecesario para la finalidad perseguida".

grabar en via publica con camara espia

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha aclarado conceptos sobre este tema y ha establecido que 

"para que la excepción recogida en el artículo 4.3 de la Instrucción 1/2006 resulte aplicable no deberá existir una posibilidad de instalación alternativa, sin poder interpretarse que dicho precepto constituye una habilitación para captar imágenes en espacios públicos, puesto que en ningún caso puede admitirse el uso de prácticas de vigilancia más allá del entorno objeto de la instalación y en particular en lo que se refiere a los espacios públicos circundantes, edificios contiguos y vehículos distintos de los que accedan al espacio vigilado"

Es decir, que una cámara de vigilancia instalada en un espacio privado podría llegar a grabar espacios públicos y esto no supondría una intromisión en la intimidad de las personas, si no existe otra posibilidad de instalación alternativa y la captación de imágenes se limita a lo estrictamente necesario.

 

¿Qué ocurre si capto imágenes en la vía pública grabando desde cámaras instaladas en espacios privados?

No, ni aun empleando la mejor cámara espía podemos decir que se les aplique esta excepción. Puede que estemos usando este tipo de cámaras por un motivo tan legítimo como intentan descubrir quien hace grafitis en la fachada de nuestro negocio o quién es el vándalo que se dedica a reventar las cerraduras de los coches aparcados en la calle, pero esto no justifica el uso de una cámara espía.

No existe ninguna situación que nos habilite para usar una cámara espía en la calle, puesto que al hacerlo estamos vulnerando la legislación vigente.

 

¿Y si grabo una confesión de un delito?

Imagina que estás grabando una imagen o una conversación y captas la confesión de un delito, ¿podrías usarla como prueba? Ya te adelantamos que, por injusto que parezca, esto va a depender de la situación.

Para que una confesión se pueda usar como prueba frente a un presunto delincuentes es necesario que la misma sea voluntaria. Es decir, que quien confiesa lo haga libremente y con plena intención de que todo el mundo sepa lo que ha hecho.

Si estás grabando a un amigo y este aprovecha el momento para confesarte que ha sido él quien te ha robado la cartera, puedes usar esa imagen como prueba.

Ahora bien, puede ocurrir que la confesión la hayas captado por casualidad. Estás grabando un vídeo de tus niños jugando en el parque y por casualidad se cuela la voz de una persona que está hablándole con otra y contándole que ha cometido un delito.

En este caso nos encontramos con una situación compleja. Hay alguien que voluntariamente está confesando un delito, pero quién graba la conversación no era el destinatario de esa información.

En líneas generales grabar una conversación ajena supone un delito contra la intimidad, pero si estás grabando en un lugar público es lógico que se cuelen conversaciones ajenas, aunque tu intención no sea captarlas.

 

¿Existe en este caso vulneración del derecho a la intimidad del presunto delincuente?

Va a depender del juez, pero en la mayoría de los casos se suele entender que no es así.

Sin embargo, esto no quiere decir que la grabación vaya a ser aceptada como prueba sin más. En la mayoría de los casos este tipo de confesiones grabadas por casualidad no se consideran pruebas como tal, sino una mera "notitia criminis". Es decir, una información que ayudará en la investigación para descubrir la verdad sobre el delito.

Y todavía nos queda una última situación, aquella en la que alguien engaña o provoca a otra persona para grabar su confesión. En estos casos, esa confesión no es nunca admitida como prueba en un juicio.

 

¿Qué ocurre si he grabado a un menor?

Si proteger la imagen de los adultos es importante, proteger la de los menores de edad lo es todavía mucho más.

Aquí tienes varias opciones. O te abstienes totalmente de compartir la imagen, o pides consentimiento a los padres (o al propio menor si tiene más de 14 años) o bien subes la imagen pero pixelando los rostros de los menores.

 

Protección de la intimidad Vs derecho a la información

La razón por la que el uso de cámaras en espacios públicos está tan limitada es porque las grabaciones pueden afectar de forma directa a la intimidad de las personas.

El derecho a la intimidad está recogido como un derecho fundamental en nuestra Constitución. Esto implica que goza de una especial protección.

Las imágenes captadas de una persona, aunque ella no sea consciente de la grabación, se convierten en datos personales. Dichos archivos quedan sometidos a la legislación sobre protección de datos, que en los últimos años se ha perfeccionado y endurecido.

Quienes salen en una grabación deben conocer los datos sobre el fichero en el que se van a almacenar las imágenes y la identidad del responsable del mismo. Y ello a efectos de poder ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación y oposición, lo que se conoce como derechos ARCO.

Lo que está claro es que si la cámara está oculta y nadie sabe que está grabando, es imposible que los afectados puedan ejercer esos derechos, por lo que se produce una vulneración tanto de la intimidad de las personas como de la legislación en materia de protección de datos, que prevé importantes multas en estos casos.

La intimidad es un derecho tan importante que se defiende por encima de otros. Solo existe una excepción, si colisiona con el derecho a la información.

Podemos grabar a terceras personas en la calle sin necesidad de contar con su consentimiento siempre que se trate de personas públicas que se encuentren en un lugar abierto al público o si existe un interés informativo.

 

Grabar imágenes sin permiso o consentimiento ¿Qué sucede?

Al igual que grabar una conversación sin autorizacióngrabar a una persona con una cámara espía sin permiso puede ser ilegal.

No es solo que se te pueda imponer una pena de prisión de hasta cuatro años de duración por infracción del artículo 197.1 del Código Penal, que tipifica el delito contra la intimidad. Sino que además la Agencia Española de Protección de Datos podría imponerte una multa bastante elevada.

Por eso, antes de usar cualquier dispositivo de grabación o de filmación es importante que te informes bien sobre el uso que le puedes dar y sobre lo que no puedes hacer con él ni con las imágenes o sonidos captados. Recuerda que en ciertos casos una grabación puede llegar a ser legal, pero su difusión pública puede constituir una infracción al derecho a la intimidad de los afectados.

Colisión con el derecho a la intimidad

El derecho a la intimidad es un derecho fundamental del que disfruta todo el mundo, por lo que cuenta con una especial protección.

Se puede entender que si grabamos a alguien estamos atentando directamente contra su intimidad, de ahí que el Código Penal haya tipificado esta conducta. Su artículo 197.1 sanciona esta conducta:

"El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses"

Esto implica que grabar la imagen de alguien en la vía pública sin su consentimiento y además difundirla después a través de las redes sociales puede llegar a ser un acto criminal si se estima que afecta directamente a la intimidad de una persona.

Sin embargo, también existen excepciones en virtud de las cuales cualquiera puede grabar y difundir las imágenes captadas en vía pública aunque no tenga consentimiento del afectado.

 

¿Qué podemos hacer entonces si necesitamos pruebas?

Es posible que hayas pensado en usar una cámara de este tipo para obtener pruebas de que en tu calle se está cometiendo un delito. Por ejemplo, que un vecino usa el parque cercano para vender droga.

Si instalas esa cámara en el parque o en las cercanías no solo estarás captando imágenes del presunto delincuente, también de todas las personas que pasan por allí y de los menores que utilizan las instalaciones. Y esta claro que esto es algo especialmente grave que no puede permitirse.

En este caso lo mejor que puedes hacer es dejar el asunto en manos de la Policía. Denuncia lo que está pasando y que sean ellos los que desarrollen la investigación.

 

El sentido común es el mejor aliado

A la hora de grabar en la calle y luego compartir esas imágenes nos puede surgir la duda sobre si es o no legal. En estos casos, la mejor solución es aplicar el sentido común.

Piensa en la utilidad real que pueda tener el vídeo y si puede afectar o no a la intimidad de quienes aparecen en la grabación. Sobre todo, presta especial atención a que no aparezcan menores en las imágenes.

Imagina que tú has sido grabado en la misma situación ¿te gustaría verlo publicado por una tercera persona? Si la respuesta es no, no lo hagas tú tampoco.

Ante la duda, siempre es mejor actuar con precaución y no publicar las imágenes. Esta decisión te puede ahorrar muchos problemas legales.

Si lo que has grabado es un delito o una infracción administrativa, no dudes en ponerlo en conocimiento de los agentes de la autoridad.